Horacio, quien presenta paraparesia* en miembros inferiores, no sólo debe enfrentar a diario una ciudad que le es hostil, enfrenta también la indeferencia de sus propios vecinos, a quienes desde el año 2004 les reclama la solución de accesibilidad en el edificio que cohabitan.
Dada la falta de accesibilidad del inmueble, para entrar y salir de su edificio, Horacio forzosamente debe contar con la asistencia de terceras personas, situación que cercena su derecho a acceder en condiciones de seguridad y autonomía.
Cansado de esperar, decidió acercarse a nuestra organización a principio de este año. Así, asesorado y patrocinado por ACCESO YA, Horacio presentó una denuncia por discriminación contra los consorcitas de su edificio. Asimismo, ante la falta de respuesta a nuestras intimaciones, recientemente presentamos una acción de AMPARO para que esta grave situación sea revertida de inmediato. Recién ahora el consorcio se ha comprometido a realizar la reformar.
Al igual que Horacio, muchas son las personas que en todas y cada una de las asambleas de su consorcio solicitan la adaptabilidad del ingreso y las partes de uso común del edificio, pero el diálogo finaliza cuando el administrador de consorcio les responde, buscando “justificar” el incumplimiento de su obligación legal, que la reforma sólo puede realizarse con la conformidad de todos los consorcitas, es decir: por unanimidad; respuesta que termina por desconcertar a quien lleva largos años intentando hacer valer su derecho. Es el mismo caso de Daniela, Walter, Ana María, Hugo, entre otros recientes denunciantes a los cuales también estamos representando legalmente.
¿Qué dicen las normas al respecto?
“Las viviendas colectivas existentes deberán adecuar sus zonas comunes, a requerimiento del ocupante de cualquier unidad funcional”. Ocupantes, incluye tanto a propietario como a inquilinos, por ende uno u otro podrán solicitar la readecuación. La norma no exige que la persona que lo solicite presente algún tipo de discapacidad.
Por otra parte las leyes de accesibilidad derogaron expresamente las disposiciones que se hallen en franca oposición con su finalidad. Así, las mayorías requeridas por la ley de propiedad horizontal para aprobar cualquier remodelación, ha sido derogada cuando de accesibilidad se trate. Para despejar todo tipo de dudas al respecto la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, expresamente excluye de la obligación de acompañar el acta donde conste la unanimidad de los consorcitas cuando sea el caso de aprobar una remodelación sobre accesibilidad de un edificio de vivienda colectiva (DGFOC 4055).
Fuente: Acceso Ya
No hay comentarios:
Publicar un comentario