miércoles, febrero 28, 2007

No pueden ser enjuiciadas las mujeres hospitalizadas luego de un aborto ilegal

AMPARADAS
No pueden ser enjuiciadas las mujeres hospitalizadas luego de un aborto ilegal
El fallo fue difundido por la Cámara del Crimen porteña. Según estadísticas médicas, casi 80.000 mujeres se internan por año en centros de salud públicos de todo el país con lesiones causadas por interrupción ilegal de embarazo.
Las mujeres que son hospitalizadas tras haberse practicado un aborto ilegal no pueden ser sometidas a juicio a partir de la denuncia del médico que la atienda, pese a que esa práctica tiene penas que van de uno a cuatro años de prisión, según un fallo de la Cámara del Crimen porteña difundido este martes. Según estadísticas médicas, casi 80.000 mujeres se internan por año en hospitales públicos de todo el país con lesiones causadas por interrupción ilegal de embarazo pese al temor a ser denunciadas. Ese temor les genera a las mujeres necesitadas de atención una situación de vulnerabilidad y entonces muchas de ellas no concurren a tiempo a atenderse al hospital. La problemática preocupa y aunque muchos coinciden en afirmar que el fallo de la Cámara del Crimen representa un verdadero avance de la sociedad, no se descarta que haya sectores que planteen objeciones en los próximos días. Aunque el código determina que el aborto constituye un delito, la Sala Quinta de la Cámara del Crimen dispuso ayer que "no puede instruirse sumario criminal en contra de una mujer en esta situación". "No puede iniciarse un proceso basado en la denuncia efectuada por un profesional del arte de curar que haya conocido el hecho en ejercicio de su profesión o empleo", precisa el texto. El ministro de Salud, Ginés Gonzalez García, dijo ayer durante una entrevista en Radio Continental que hay entre 400.000 y 600.000 abortos en el país por año, de los cuales 80.000 derivan en internaciones en los hospitales públicos. "Hoy la atención de postparto y postaborto en los hospitales públicos de la Argentina es muchísimo mejor que antes; hay normas para esa asistencia en todos los centros asistenciales del país", aseguró el ministro. Las mujeres que acuden para recibir atención en estas condiciones hacen que los profesionales de la salud deban prevalecer siempre el derecho del paciente sobre cualquier otro principio, porque las pacientes se encuentran en situación de riesgo de vida. Para Mabel Bianco, presidenta de la Fundación de Estudio e Investigación de la Mujer, "los casos deben estudiarse en forma particular y para eso están los comité de bioética de los hospitales públicos, pero el dictamen es acertado y necesario" La especialista dijo a Télam que el fallo "deja sin efecto la penalización de quien acude en busca de ayuda en situación de vulnerabilidad". La médica y defensora de los derechos de la mujer opinó que "la sociedad está superando el hecho de que la mujer deba ser penalizada por la interrupción del embarazo, aunque estimó necesaria una revisión de la legislación para cubrir las necesidades de las mujeres". "Lo importante es no perder de vista que la paciente en primer lugar tiene derecho a preservar su vida en riesgo y que además debe recibir una atención acorde a su situación, un cuidado y una verdadera contención", dijo Bianco. No obstante, "cada caso debe tomarse en forma particular, teniendo en cuenta que la realidad a menudo no se presenta tan definida y las disposiciones no abarcan ’las zonas grises’", añadió. El fallo de la Sala Quinta de la Cámara del Crimen, al que ayer tuvo acceso Télam, señala que "no puede instruirse sumario criminal contra de una mujer que haya causado su propio aborto o consentido en que otro se lo causare". El tribunal dispuso que "sobre la base de la denuncia efectuada por un profesional del arte de curar que haya conocido el hecho en ejercicio de su profesión o empleo, no se puede iniciar el proceso". Los médicos consultados confirmaron que los casos se repiten sobre todo en hospitales públicos, a los que algunas mujeres, en general muy pobres, acuden tras haberse practicado un aborto cuando sufren complicaciones. El criterio prevaleciente es que aunque cada situación requiera una evaluación particular, la responsabilidad del médico es darle una atención adecuada e informar cuando hay sospecha que el estado del paciente tiene que ver con una agresión o violencia.
Fuente: 26Noticias

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